Prestamo Caja Municipal

FINALIDAD

La Caja Municipal de Promoción de Empleo y Desarrollo Económico tiene como finalidad el fomento de la actividad económica y el empleo y en especial entre aquellos colectivos sometidos a un riesgo de marginación social y exclusión del mercado laboral.

OBJETO

  1. Conceder a las empresas, empresarios/as y emprendedores/ras, radicados en este municipio, y con actividades debidamente legalizadas préstamos que podrán ser utilizados para los siguientes destinos:
    1. Financiar total o parcialmente los gastos de inversión derivados de la primera instalación de la actividad
    2. Financiar total o parcialmente inversiones destinadas a ampliación mejora de actividades existentes.
    3. Financiar otras inversiones no incluidas en los apartados anteriores cuando a juicio del Ayuntamiento se consideren de extraordinaria importancia a los intereses económicos de la localidad.
    4. Financiar la compra de mercaderías, o bien financiar la compra de las primeras mercaderías.
    5. Financiar gastos de Seguridad Social y Hacienda, cuando la empresa atraviese una situación en la que se demuestre que el préstamo le servirá para solventar sus problemas de liquidez coyunturales.
  2. En todo caso la concesión del préstamo estará condicionada a:
    1. La viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto.
    2. La existencia de crédito presupuestario en la partida correspondiente.
    3. La acreditación de solvencia económica suficiente acreditada por el solicitante o fiador para devolver el préstamo.
  3. Tendrán prioridad aquellos proyectos que:
    1. Se constituyan en el marco de los nuevos yacimientos de empleo según las prescripciones de la UE.
    2. Generen empleo

CARACTERISTICAS DE LOS PRÉSTAMOS

  1. – El Ayuntamiento de Pozoblanco podrá concertar con los industriales y comerciantes y emprendedores/ras, radicados en esta localidad, préstamos con interés sujetándose a las siguientes normas:
    1. Los préstamos devengarán un interés del 1,5% anual aplicado sobre la deuda viva existente en cada momento.
    2. Los plazos de reintegro de los préstamos no podrán ser superiores a 5 años.
    3. Para poderse conceder un préstamo, cualquiera que sea su finalidad es condición indispensable estar al corriente en el reintegro de los préstamos concedidos con anterioridad y de las correspondientes obligaciones tributarias (En el caso de que la solicitud de préstamo vaya destinado a financiar los gastos de Hacienda y Seguridad Social de los próximos 6 meses por falta de liquidez de  la empresa, se le requerirá documentación adicional indicada en el Anexo I).
    4. La cuantía de los préstamos se establece con carácter general hasta 6.000 €.

GARANTÍA DE LAS OPERACIONES

  1. Los/as empresarios/as o emprendedores/as que soliciten préstamos de los regulados en esta Ordenanza deberán garantizar plenamente al Ayuntamiento el reintegro en los plazos previstos de los que se concedan.
  2. Para hacerse efectiva la garantía prevista en el párrafo anterior, las solicitudes correspondientes deberán de estar avaladas por el propio solicitante, si éste puede demostrar por sí mismo suficiente solvencia económica, o por persona natural o jurídica, que  a juicio del Ayuntamiento ofrezca suficientes garantías, en ambos casos condicionado a la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto incorporado al expediente de préstamo.

RECARGO DE MORA

  1. Los/las interesados/as están obligados al pago de los reintegros de préstamo y sus correspondientes intereses por trimestres vencidos. Todo retraso del pago de los vencimientos previstos en los contratos, superior a un mes, llevará un recargo de mora equivalente al 12% del importe de los vencimientos atrasados desde la fecha del vencimiento, sin perjuicio de que se pueda proceder en vía ejecutiva de apremio.
  2. Los ingresos que se produzcan por este recargo serán destinados íntegramente a incrementar los fondos de la Caja.

INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS EXPEDIENTES

  1. Las solicitudes de préstamos serán individuales para cada uno de los proyectos que los interesados pretendan realizar. Cualquier persona física, sea a título individual o a través de participación en una sociedad mercantil, no podrá tener concedido más de un préstamo de la Caja Municipal para el Fomento y Desarrollo de la Actividad Industrial y de Servicios simultáneamente.
  2. En cumplimiento de lo más arriba se indica, los servicios municipales correspondientes, abrirán expediente por cada uno de los proyectos para los que se solicite financiación y establecerán un orden de prioridad según las especificaciones que figuran en el art 5.3 de la presente ordenanza.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Para Empresas Creadas:

  1. Modelo de instancia normalizado.
  2. Fotocopia compulsada de la licencia de apertura.
  3. Fotocopia compulsada del DNI del solicitante del CIF en caso de ser una sociedad y del representante legal.
  4. Fotocopia del modelo 036.
  5. Fotocopia de las escrituras de la empresa.
  6. Certificación acreditativa del poder de actuación del/la representante.
  7. Factura pro forma o presupuestos de la inversión o gastos a realizar .
  8. Certificado de estar al corriente en el pago de sus obligaciones.
      • Con el Ayuntamiento.
      • Con Hacienda Estatal y Autonómica.
      • Con la Seguridad Social.
  9. En caso de utilizar el préstamo de la Caja de Crédito para financiar obligaciones futuras de la seguridad Social y Hacienda, previsión de los pagos a financiar.
  10. Certificado de empadronamiento del solicitante en caso de ser empresario autónomo y es persona jurídica empadronamiento del al menos el 50% socios.
  11. Plan de viabilidad técnico, económico y financiero del negocio, presentando memoria con el contenido establecido en el Anexo.

Para emprendedores/as:

  1. Modelo de instancia normalizado.
  2. Fotocopia compulsada del DNI del solicitante o del representante legal y del CIF en caso de ser una sociedad.
  3. Certificación acreditativa del poder de actuación del/la representante.
  4. Fotocopia de las escrituras de constitución en caso de ser una empresa.
  5. Facturas proforma de las inversiones, gastos a realizar o traspaso de negocio.
  6. Declaración de no inicio de actividad.
  7. Certificado del solicitante, o de los socios de la empresa, de estar al corriente en el pago de sus obligaciones.
      • Con el Ayuntamiento.
      • Con Hacienda Estatal y Autonómica.
      • Con la Seguridad Social.
  8. Certificado de empadronamiento del solicitante o socios de la empresa, si es persona jurídica empadronamiento del al menos el 50% socios.
  9. Plan de viabilidad técnico, económico y financiero del negocio, según modelo normalizado.

En ambos casos:

Documentación necesaria para garantizar la operación

– En caso de que el solicitante tenga capacidad para demostrar por sí mismo suficiente solvencia económica deberá de firmar la declaración de bienes ante fedatario público con el contenido que figura en el anexo III, aportando según corresponda, la siguiente documentación:

* Para personas físicas por cuenta ajena:

  • Tres últimas nóminas
  • Declaración de IRPF de los dos últimos ejercicios
  • Vida laboral

* Personas físicas por cuenta propia

  • Declaración de IRPF 2 últimos ejercicios
  • Vida laboral
  • Alta en IAE
  • 3 últimos recibos de autónomos

* Desempleados/as

  • Declaración del IRPF de los dos últimos ejercicios
  • Vida laboral

En los tres casos

  • Notas simples registrales de bienes en propiedad
  • Último recibo de préstamos de los que sea titular el firmante/es de la declaración de bienes
  • Documentos acreditativos de las acciones, fondos, o imposiciones a largo plazo de los que sea titular.
  • Documento acreditativo en el que el firmante figure como avalista de terceros
  • DNI de los firmantes
  • Personas jurídicas:
    • Balance y cuenta de resultados de los dos últimos ejercicios.
    • Últimos recibos de préstamos de que sea titular.
    • Notas simples registrales de bienes en propiedad.

– En caso de que el solicitante no tenga capacidad para demostrar por sí mismo suficiente solvencia económica deberá de firmar un fiador que garantice la operación firmando la declaración de bienes, con la documentación anteriormente mencionada, según corresponda.

– Para garantizar al máximo la operación el contrato deberá de ser firmado en presencia de fedatario público: (secretario/a del Ayuntamiento de Pozoblanco).

DOCUMENTACIÓN